En este sentido, las farmacias que cumplan los requisitos para comercializar por Internet medicamentos que no precisan receta deberán mostrar en sus páginas web un logotipo común, que se ajustará a lo que se determine en la normativa específica de la Unión Europea, y que certificará que pueden realizar esta comercialización. Además, tendrá un enlace a la mención de la oficina de farmacia en los listados que publicará la autoridad competente de la comunidad autónoma, a los que también se podrá acceder desde la propia página web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Ir a la Portada » farmacias